Ver el resumen de este caso en inglés.
La ley de protección animal de Argentina considera explícitamente herir o atropellar intencionalmente a los animales, torturarlos o causarles sufrimiento o muerte innecesaria, malos tratos que pueden convertir a los animales en víctimas de actos de crueldad (Ley 14.346, artículos 1, 2 y 3).
En este caso, el juez ordeno el procesamiento del acusado por crueldad animal y ordenó al dueño de los perros que tomara las medidas adecuadas para mejorar el espacio de los caninos en un plazo de siete días.
En su fallo, la jueza afirmó que creía que "los animales no deben ser considerados como cosas o 'recursos' sino como seres vivientes con potencialidad para ser sujetos de una vida"... Además, sostuvo que el enfoque para legislar sobre animales había evolucionado desde considerarlos "cosas" a regular la protección de los animales para evitar su extinción o evitar enfermedades o peligros para los seres humanos, para llegar finalmente a un nuevo enfoque que assume los intereses de los animales "per se" y la necesidad de evitarles sufrimiento.
La jueza también consideró que "El sufrimiento es el punto de unión entre el hombre y el animal. Uno de los argumentos que más ha sido enfocado a tratar de respaldar la obligación moral de los seres humanos para con los animales es precisamente el del sufrimiento y el del dolor".
Antes de anunciar la parte resolutoria, la juez continuó diciendo que "Si hablamos de derechos, no podemos disminuir ni restringir. La interpretación deberá ser siempre la más favorable al reconocimiento del derecho, al respeto de la garantía del derecho a la vida, la salud, la libertad y la dignidad, sin importar la especie. Siempre progresividad con protección y sin regresividad”… “Y seguro está llegando un tiempo nuevo y mejor para Ellos, un tiempo que no es regido por actos de bondad, por caridad ni piedad, sino por un gran y sincero acto de Justicia ...."