Summary:
Este es el caso de cuatro gatos llamados Luna, Manchas, Sonic y Tiger y dos perros, Pantera y Noah que estaban dentro de las propiedades confiscadas por las autoridades en un caso de tráfico de drogas. El abogado Kevin Prendes Vivar presentó un recurso de habeas corpus en representación de los cuidadores de los animales, alegando que los animales estaban siendo retenidos ilegalmente por el "Secretario Técnico de Gestión Inmobiliaria del Sector Público" o "Inmobiliar", la agencia gubernamental que confiscó las propiedades. El demandante argumentó que los animales, como sujetos de derechos según la decisión de la Corte Constitucional 253-20-JH/22, estaban en un estado de soledad que los ponía en riesgo de problemas de salud y bienestar, ya que estos animales tenían un apego emocional a sus cuidadores. Los animales son seres sensibles diferentes de otros objetos, y su detrimento se refleja en su salud física y emocional, causando condiciones como depresión y ansiedad, condiciones que podrían poner fin potencialmente a su vida. Los animales estaban siendo retenidos por 'Inmobiliar', y los demandantes no habían recibido ninguna información sobre la condición de los animales. Además, los demandantes estaban preocupados por la condicion de los animales ya que no tenian conocimiento acerca de su alimentacion. Especialmente porque 'Inmobiliar' no tenía presupuesto para alimentar a los animales sujetos a confiscaciones. Según loa demandante, los animales eran miembros de su familia, y sus hijos sufrían sin ellos. El tribunal provincial de Guyanas concedió el habeas corpus, sosteniendo que los animales son sujetos de derechos, encontrando que 'Inmobiliar' había violado los derechos de los animales al considerarlos propiedad personal embargable. Por lo tanto, el tribunal determinó que su confiscación era ilegal, arbitraria e ilegítima. Para proteger sus derechos a la vida, la libertad y la integridad, ordenó a 'Inmobiliar' devolver los animales a sus cuidadores. En su análisis, el tribunal afirmó que, según el caso de Estrellita, los animales no deberían ser protegidos únicamente desde una perspectiva del ecosistema o desde la perspectiva de las necesidades humanas, sino más bien desde su individualidad y su valor intrínseco. El tribunal también instruyó a la entidad gubernamental a no considerar más a las "mascotas" como semovientes en futuros procedimientos judiciales, y a distribuir, a través del correo electrónico institucional, a todos sus funcionarios la decisión de la corte constitucional 253-20-JH/22, ordenándoles leerla y analizarla. Esta decisión fue apelada por 'Inmobiliar' y la sala especializada en lo penal de la Corte Provincial de Justicia de Guyanas anuló la decisión que otorgaba el habeas corpus a favor de los animales, afirmando que este mecanismo legal no era apropiado en el caso de animales domésticos. En su fallo, el tribunal ordenó la devolución de los animales a "Inmobiliar". Esta decisión ha sido enviada a la Corte Constitucional para su revisión. Si la corte la selecciona, decidirá si un recurso de habeas corpus es apropiado en casos relacionados específicamente con animales de compañía.
Documents:
habeas corpus mascotas apelación.pdf (86.83 KB)
Habeas Corpus mascotas primer nivel.pdf (98.11 KB)
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