Full Case Name:  Sentencia Jane Margarita Cósar Camacho y otros contra Resolucion De Fojas 258 - Service dogs- Spanish - Peru (2014)

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Country of Origin:  Peru Court Name:  Tribunal Constitucional Primary Citation:  Exp No. 02437-2013 Date of Decision:  Wednesday, April 16, 2014 Judge Name:  Urviola Hani Judges:  Vergara Gotelli Mesía Ramírez Calle Hayen Eto Cruz Álvarez Miranda Docket Num:  EXP No. 02437 20 I3-PA,'TC
Summary: La demandante, una mujer con discapacidad visual, presentó una demanda constitucional contra la decisión emitida por la Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima el 15 de enero de 2013. Esta decisión negó la acción de amparo después de que los demandados le negaran la entrada a la perra guía de la demandante en sus supermercados. El Tribunal Constitucional ordenó que se permitiera a las personas ciegas ingresar a los supermercados con sus perros guía.
Documents:  PDF icon Peru-2014-decision-Service-dogs- decision-Spanish.pdf (316.65 KB)

Ver resumen en inglés. 

 

El 7 de octubre de 2011, los demandantes presentaron una acción de amparo contra Supermercados Peruanos S.A. después de que el demandado prohibiera la entrada de animales a sus supermercados. Los demandantes solicitaron una orden judicial que les permitiera ingresar a todos los supermercados del demandado con sus perros guía debido a su discapacidad visual. Los demandantes alegaron que el demandado había violado sus derechos al libre desarrollo y bienestar, a la libertad de tránsito, a un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida, al derecho a la igualdad y a no ser discriminados, y al derecho a la accesibilidad y movilidad personal. Además, los demandantes afirmaron que, más allá de ser seres vivos, los perros guía son adaptaciones para los ciegos, al igual que una silla de ruedas lo es para una persona con discapacidades físicas o un audífono para una persona con baja audición.

Los demandados argumentaron que la prohibición de ingresar cualquier animal al supermercado se basaba en preocupaciones de salud y en el Artículo 32 del el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas. Adicionalmente, los demandados alegaron que, contrario a las declaraciones de los demandantes de que estaban siendo discriminados, tenían personal en sus supermercados que podía ayudar a las personas con discapacidades asistiéndolas con sus compras. Además, alegaron que sus establecimientos tenían áreas especiales para mascotas, que permanecerían bajo la supervisión del personal a cargo, lo cual garantizaba un trato igualitario.

El Tribunal Constitucional consideró que una persona ciega era más autónoma y podía tener acceso a su entorno inmediato cuando estaba acompañada por un perro guía. El tribunal afirmó que los perros guía no eran simplemente mascotas, sino perros debidamente entrenados que desempeñaban un papel muy importante para la realización personal de sus dueños. Por esa razón, la prohibición impuesta por los demandados era inconstitucional y violaba su derecho a la igualdad y a no ser discriminados. A veces, un trato diferente y la adaptación del entorno eran necesarios para garantizar que las personas con necesidades especiales pudieran tener acceso a él, al igual que los demás. En este caso, el tribunal consideró que los demandantes requerían un trato diferente debido a su discapacidad visual y el demandado les había negado dicho trato. Por lo tanto, el tribunal ordenó que a los ciegos se les permitiera ingresar a los supermercados con sus perros guía.

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