Esta ley obliga, a partir de 2027, a esterilizar a los gatos y perros "sin hogar" o "comunitarios", tanto machos como hembras, en beneficio de su calidad de vida y para minimizar los problemas de salud pública. Esta ley, curiosamente, distinguía entre animales "sin hogar" y "comunitarios".
Los animales "sin hogar" se consideran verdaderamente "vagabundos". Estos animales no tienen hogar ni "pertenecen" a nadie.
Los animales "comunitarios", sin embargo, están en un término medio entre "vagabundos" y "con dueño" o "con hogar". Estos animales no pertenecen necesariamente a un propietario ni tienen un verdadero hogar, pero sin embargo son cuidados colectivamente por la comunidad en la que residen.
Esta ley también describe el tipo exacto de cirugía de esterilización, las condiciones de los quirófanos, así como el manejo y la liberación del animal una vez recuperado.
La ley deja claro que todas las personas deben tener acceso a la esterilización y a la educación en materia de salud animal, a fin de promover entornos de vida saludables para todos, que es un derecho constitucionalmente reconocido. Para ello, la ley prevé e identifica distintas fuentes de financiación para el programa nacional.